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30 setembre 2005

El Fiscal General de l’Estat dóna a EU garanties d’independència judicial en el Cas Fabra

Classificat com a: Notícies — Castelló @ 12:18 pm

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CONDE-PUMPIDO DÓNA A EU GARANTIES D’INDEPENDÈNCIA JUDICIAL EN EL CAS FABRA

La carta que el coordinador General d’Izquierda Unida (IU), Gaspar Llamazares va entregar al Fiscal General de l’Estat, Conde Cumpido, sobre la preocupació pel ball de jutges i fiscal del Cas Fabra, va tindre ahir una contestació per part d’aquest, la qual us adjuntem transcrita literalment.
En eixe sentit, el diputat autonòmic d’Esquerra Unida-Verds-l’Entesa, Ramon Cardona, ha destacat que del contingut de la missiva, es després que el Cas Fabra té una trascendència molt gran a nivell de tot l’Estat, i demostra que la Fiscalia General de l’Estat entén la preocupació que es genera, i assegura mitjans per evitar les possibles pressions sobre el cas.
Cardona ha afirmat que la magnitud que està agafant el cas Fabra, i la connivència i empar que el PP està donant-li a un cas clar de corrupció, evidència que es Cas Fabra, és el Cas PP.
Cardona ha afirmat que la societat castellonenca sap que el seu màxim representat provincials és el polític valencià més corrupte de la història recent , i és necessari que totes les veus contraries a la corrupció política i institucional es feren sentir en contundència, “ perquè aquest home també té en les seues mans premiar als que interessadament es situen al seu costat. Fabra ha deixat d’actuar a favor de la gent, i nosaltres no podem acceptar que gent deshorrada continue i emprant les institucions i els seus càrrecs en benefici propi, i damunt, aquestes persones deshonrades com Fabra, es dediquen a insultar i amenaçar i posar en una situació difícil als que denuncien la seua corrució”,,

Segons el diputat ecosocialista, sempre, als que hem denunciat els abusos del poder, i els xanxullos de Fabra si pugera Fabra ens tancaria a la presó, però com no pot, es dedica a insultar com a única defensa, a les persones que lluitem contra la corrupció política i el seu màxim exponent, el senyor Fabra

Excmo. Sr D. Gaspar Llamazares
Coordinador general de Izquierda Unida
C/Olimpo, 35
28043 MADRID

Recibo su escrito de fecha 7 de septiembre pasado, en el que me pone de manifiesto determinadas apreciaciones y preocupaciones relativas al curso procesal del denominado “caso Fabra”.
Permítame, además de expresarle mi sincero reconocimiento por la atención y el interés que le merece la actuación de este Ministerio en el asunto al que se refiere, hacerle llegar algunas aclaraciones que espero que puedan dar respuesta a las inquietudes de las que V.E. me hace partícipe
En relación con la sucesión de titulares del órgano judicial encargado de la instrucción del caso, esta Fiscalia General del Estado carece obviamente de competencia para adoptar directamente medida o decisión alguna, Compartiendo desde luego el análisis que V.E hace en relación con la inevitable perturbación que para la marcha del proceso e incluso para la eficacia de la actividad investigadora puede suponer la reiterada sustitución del juez instructor, lo cierto es que determinados mecanismos propios del estatuto jurídico de los miembros del Poder Judicial, justamente concebidos para preservar la independencia judicial, impidiendo en particular cualquier tipo de interferencia no prevista legalmente en el régimen de movilidad de los jueces, pueden ocasionalmente generar efectos no deseables como el que V.E. apunta.
Mas allá de esta mera constatación, sin embargo, el Ministerio Fiscal carece como digo de facultades o instrumentos específicos para aportar posibles soluciones al problema, al menos en tanto no se comprometa la referida independencia, cuya preservación, como V.E sabe, si constituye una de las funciones que nos atribuye el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Precisamente en relación con esta cuestión, y sin que ello implique juicio de valor alguno, como igualmente por razones obvias V.E, acerca de posibles responsabilidades políticas de los imputados en un proceso, que como es notorio no constituyen el objeto del mismo ni corresponde al Fiscal ni al Juez depurar, este Ministerio carece hasta el momento de datos concretos que, en la línea que V.E. sugiere, permitan detectar alguna clase de trato privilegiado para el imputado Sr Fabra, o alguna conducta atentatoria contra la independencia de los jueces sucesivamente encargados del procedimiento y la imparcialidad del representante del Ministerio Público adscrito al mismo.
En la medida en que la preocupación manifestada por V-.E en ese punto pudiera eventualmente concretarse en actuaciones o situaciones específicas – lo que por el momento, insisto, no ha ocurrido,-, no dude de que por parte del Ministerio Fiscal se adoptarían las medidas oportunas, que la ley habilita al efecto, para hacer frente a cualquier posible atentado a esas garantías esenciales del proceso.
Finalmente, la sustitución del Fiscal hasta ahora encargado del despacho de la causa, circunstancia a la que también se refiere V.E, ha resultado absolutamente inevitable al haber solicitado al indicado Fiscal, la excedencia voluntaria en la Carrera. Es notorio, en cualquier caso, que la concepción misma de la Fiscalia Especial Anticorrupción, pretende garantizar, entre otros aspectos positivos derivados del principio de especialización que inspira su actividad, un seguimiento exhaustivo, continuado y uniforme de los procedimientos que se le atribuyen, desde su incoación, hasta su conclusión, contando con equipos humanos y medios materiales especialmente idóneos para esos fines, por lo que ,dado además el estado procesal de la causa, puedo transmitir a V.E, la certeza de que no existen razones para temer que esta circunstancia puntual genere una perturbación significativa en el desarrollo de las actuaciones procesales
De hecho, en el caso que nos ocupa el despacho del procedimiento ya ha sido asumido por el Ilmo Sr. Fiscal D Daniel Campos Navas, miembro de la misma Fiscalia Especial , quien, aparte de haber tenido conocimiento previo de la causa, posee un grado de calificación profesional, especialización y experiencia notoriamente acreditadas, que garantizan con seguridad absoluta la máxima dedicación y la plena solvencia profesional de la intervención del Ministerio Fiscal en dicho procedimiento

Con la expresión de mi más alta consideración

Cándido Conde- Pumpido Tourón
Fiscal General del Estado

Excmo. Sr. D. Cándido Conde-Pumpido
Fiscal General del Estado
c/ Fortuny, 4
28071 Madrid

Madrid, 7 de septiembre de 2005

Excmo. Sr. Fiscal General del Estado:

A principios del año 2004 se iniciaron en el Juzgado de Instrucción Número 1 de Nules las diligencias previas 196/04 que se siguen contra el Sr. D. Carlos Fabra Carreras y otras personas por uno o varios delitos contra la Administración Pública.

El Sr. D. Carlos Fabra Carreras ocupaba en ese momento, y ocupa ahora, el cargo de Presidente de la Diputación de Castellón.

A lo largo del procedimiento judicial el Sr. Fabra ha sido llamado a declarar varias veces como imputado y, en junio de 2005, se acumuló a las mencionadas diligencias la denuncia por un supuesto delito fiscal, realizada por los inspectores de Hacienda ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia que la remitió al Juzgado de Instrucción Número 1 de Nules. Por este hecho también declaró como imputado el Sr. Fabra Carreras.

Es una característica fundamental del Estado de Derecho la igualdad de todas las personas ante la ley y es una condición de la confianza de los ciudadanos en la justicia el hecho de que esta sea percibida como eficaz y, en lo posible rápida, siempre salvaguardando los derechos de todos los implicados.

En este caso, denominado popularmente como “caso Fabra”, se han producido algunos hechos preocupantes que afectan directamente a esa percepción de eficacia y rapidez de la justicia y que puede afectar también a la deseada igualdad de los ciudadanos y las ciudadanas ante la Administración de Justicia:

En primer lugar se han encargado del caso hasta el momento un total de seis juezas entre titulares y sustitutas. En este momento se está a la espera del nombramiento y toma de posesión de un próximo juez o jueza titular que será la séptima persona que asuma la instrucción.

En segundo lugar, desde el día de ayer se conoce el hecho de que también abandona su función el fiscal Carlos Saiz que ejercía la acusación nombrado por el fiscal jefe Anticorrupción a mediados del mes de junio de 2004.

Por una parte estos continuos cambios en los principales responsables de las investigaciones, el volumen de la documentación acumulada y la necesidad de estudiarla íntegramente antes de proceder a nuevas diligencias comportan claramente una mayor lentitud en el proceso que dificulta claramente la rapidez y queda mermada, con ello, la eficacia de la justicia.

Por otra parte, los cargos que ocupa el Sr. Fabra dentro de la Administración y dentro de su partido político, a los que no ha renunciado pese a las imputaciones judiciales que pesan sobre él, pueden afectar a la exigible igualdad de cada ciudadano o ciudadana ante la ley. Esta permanencia del Sr. Fabra en sus cargos, el hecho de no asumir ninguna responsabilidad política a pesar de las imputaciones, le sitúa en una posición de privilegio que hace posible que se pudieran dar condiciones de presión ante las personas implicadas en este caso, incluidos los miembros de la judicatura.

Finalmente, el hecho de que el partido político al que pertenece el Sr. Fabra, el Partido Popular, mantenga una defensa total y absoluta de todas y cada una de las actuaciones de este imputado, y sostenga que no existe ninguna razón para que éste asuma responsabilidad política alguna, complica extraordinariamente la situación, ya que también se pone en juego el hecho de que toda la estructura del partido político se vería afectada por decisiones judiciales contrarias a uno de sus miembros. Con ello, al ser el conjunto del partido político el implicado y el que puede quedar perjudicado o beneficiado por el resultado de este proceso, las actuaciones de todas las personas ligadas al mismo de manera orgánica o por simpatía ideológica adquieren un sesgo en una dirección determinada y se convierten en presiones o decisiones en esa dirección.

Todos estos hechos producen estupor en gran parte de la población y acaban provocando desconfianza en la administración de justicia. Toma fuerza la percepción de que la justicia no funciona igual para todos y todas y aumenta la percepción de que determinadas personas escapan a la acción de la justicia porque disponen de resortes especiales debido a su especial posición.

Estas circunstancias han sido repetidamente denunciadas por múltiples voces, en representación de organizaciones o como ciudadanos y ciudadanas individuales. También desde Esquerra Unida del País Valencià y desde Izquierda Unida hemos resaltado la situación creada que, entre otros efectos negativos, puede comprometer la imprescindible independencia del Poder Judicial.

Es por todo lo expresado anteriormente por lo que nos dirigimos a esa Fiscalía General del Estado y al Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos Relacionados con la Corrupción. Con ello dejamos constancia de la situación que se da en este caso debido a la no asunción de responsabilidades políticas, y confiamos en que se adopten medidas suficientes para garantizar una mayor estabilidad de las personas encargadas de la instrucción y acusación en este y otros procedimientos similares, que se dote de recursos humanos y materiales suficientes para asegurar la rápida investigación de los casos, que existan equipos de trabajo que impidan en la mayor medida posible las presiones indebidas, que se investigue la eventual existencia de cualquier ataque a la independencia judicial.

Agradeciendo su interés y a la espera de su contestación, aprovecho la ocasión para transmitirle el testimonio de mi más alta consideración.

Gaspar Llamazares Trigo
Coordinador general de Izquierda Unida

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